viernes, 7 de mayo de 2010

Resolución Nº 4043/09 - Aprobación del régimen académico Marco para los Institutos Superiores de Formación Docente y Técnica de la Provincia de Buenos

LA PLATA


VISTO La Ley de Educación Nacional Nº 26.206 y las Resoluciones Consejo Federal de Educación Nos. 30/07, y 72/08, y


CONSIDERANDO:
Que conforme dispone el artículo 74 de la Ley de Educación Nacional, corresponde al Ministerio de Educación y al Consejo Federal de Educación acordar las políticas y los lineamientos para la organización y administración del sistema formador.
Que el Consejo Federal de Educación, organismo interjurisdiccional de carácter permanente es el ámbito de concertación, acuerdo y coordinación de la política educativa nacional, debiendo asegurar la unidad y articulación del sistema educativo nacional.
Que el artículo 124 de la Ley de Educación Nacional, establece que los institutos de educación superior deben tener una gestión democrática, a través de organismos colegiados, que favorezcan la participación de los/as docentes y de los/as estudiantes en el gobierno de la institución y mayores grados de decisión en el diseño e implementación de su proyecto institucional.
Que para mejor cumplimiento de este mandato, las condiciones institucionales básicas y circulación de los saberes, deben ser determinadas por la autoridad educativa jurisdiccional para todo su territorio y de manera común, asegurando la vigencia de los principios y prácticas democráticas y la centralidad de la misión formadora.
Que según lo dispuesto por el artículo 78 de la Ley de Educación Nacional, corresponde al Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, establecer criterios comunes sobre reglamentos orgánicos, régimen académico y concursos docentes, sin perjuicio de la autonomía jurisdiccional que cabe en la materia.
Que el artículo 3 de la Resolución 72/08 del Consejo Federal de Educación, define que las jurisdicciones que cuenten con unidades de nivel superior responsables de la formación docente y de la formación técnico-profesional, deberán considerar las políticas comunes y específicas definidas para ambos tipos de formación. Estableciendo un plazo de dos años a partir de la aprobación de la mencionada resolución, para la adecuación que corresponda en cada jurisdicción.
Que en virtud de lo expuesto y en el marco del artículo 12 de la Resolución 72/08 del Consejo Federal de Educación, corresponde la sanción del presente acto administrativo
Por ello,


EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
RESUELVE


ARTÍCULO 1º. Aprobar el Régimen Académico Marco para los Institutos Superiores de Formación Docente y Técnica de la Provincia de Buenos Aires, cuyo cuerpo forma parte como Anexo Unico de la presente resolución y que consta de 8 (ocho) folios


ARTÍCULO 2º. Establecer que cada Institución formadora, sobre la base del Régimen Académico Marco deberá, a través de los mecanismos de consulta y participación, elaborar su Régimen Académico Institucional, que deberá ser elevado a la Dirección de Educación Superior para su correspondiente aprobación


ARTÍCULO 3º. Establecer que esta Resolución será refrendada por el Señor Subsecretario de Educación de este Organismo.


ARTICULO 4º. Registrar esta Resolución, que será desglosa para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su reemplazo agregará copia autenticada de la misma. Comunicar a las Subsecretarías de Educación y Administrativa. Notificar a las Direcciones Provinciales de Educación Superior y Capacitación Educativa, Centro de Documentación e Información Educativa. Cumplido girar a la Dirección de Educación Superior a sus efectos. Archívese.



RESOLUCIÓN Nº

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